Tribunal Electoral resuelve a favor de Salomón Jara
- Alex Hernández
- 30 ene 2022
- 1 Min. de lectura
Actualizado: 19 feb 2022

En otro expediente, el TEEO resolvió inaplicar el numeral 3 del artículo 176 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca (LIPEEO), el cual impide a un solo precandidato llevar a cabo actos de precampaña.
Consideraron que dicho artículo vulnera los derechos de asociación, reunión y afiliación de las ciudadanas y los ciudadanos registrados como precandidatos únicos.
Esto permite que el senador con licencia, Salomón Jara, comience actividades de precampaña inmediatamente.
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